Resolución IGJ 7/2026. Sistema Online de Documentación Abierta (SODA)

La IGJ implementa un sistema de gestión documental electrónica: ¿Qué cambia para los trámites registrales?

A pocos días de haber iniciado la implementación de la plancha de inscripción digital mediante la Resolución General IGJ N.° 5/2026, la Inspección General de Justicia dio un nuevo paso en la modernización de sus procedimientos con la creación de un Sistema de Gestión Documental Electrónica (SODA) para la presentación y tramitación de expedientes.

La nueva resolución incorpora un esquema de tramitación electrónica que reemplazará progresivamente las presentaciones físicas para aquellos trámites que sean incorporados al cronograma de implementación que publique el Organismo.

¿Cuál es el principal cambio?

La principal novedad consiste en la creación de un Sistema de Gestión Documental Electrónica (SGDE) mediante el cual podrán iniciarse y tramitarse electrónicamente determinados procedimientos ante la IGJ.

A medida que cada trámite sea incorporado al cronograma de implementación, dejará de presentarse en soporte papel y pasará a gestionarse íntegramente a través del nuevo sistema.

¿Cómo funcionará el nuevo sistema?

El acceso se realizará desde el sitio web oficial de la IGJ mediante Clave Fiscal de ARCA con nivel de seguridad 3 o superior.

La autenticación del usuario operará como firma electrónica respecto de toda la documentación presentada durante la sesión, conforme al artículo 5° de la Ley N.° 25.506.

Cada presentación generará automáticamente:

  • un formulario de actuación según el trámite seleccionado;
  • un acuse de recibo electrónico;
  • un expediente electrónico, que constituirá el repositorio oficial de toda la documentación presentada.

Asimismo, las notificaciones dejarán de practicarse en soporte físico y se cursarán al domicilio electrónico constituido por el presentante dentro del sistema, con los mismos efectos jurídicos que una notificación personal o por cédula.

Presentación de documentación bajo declaración jurada

La resolución dispone que toda la documentación será presentada bajo declaración jurada del presentante, quien asumirá la responsabilidad sobre su autenticidad e integridad.

Se trata de un cambio relevante respecto del esquema tradicional, en el que gran parte del procedimiento descansaba sobre la presentación material de la documentación en soporte papel.

La implementación también será gradual

Al igual que ocurrió con la Resolución General IGJ N.° 5/2026, el nuevo sistema no comenzará a aplicarse a todos los trámites de manera simultánea.

La propia resolución establece que la implementación será progresiva mediante un cronograma que determinará:

  • qué tipos de trámites podrán presentarse electrónicamente;
  • desde qué fecha quedarán incorporados al sistema;
  • y los requisitos técnicos aplicables en cada etapa.

Mientras un trámite no haya sido incorporado al cronograma, continuará tramitándose por el procedimiento actualmente vigente.

¿Qué relación tiene esta resolución con la RG IGJ 5/2026?

Ambas normas forman parte del mismo proceso de modernización registral impulsado por la IGJ.

La Resolución General IGJ N.° 5/2026 introdujo la plancha de inscripción digital, eliminó la obligación de presentar copias en papel para determinados trámites y habilitó la remisión electrónica de la documentación inscripta.

La nueva resolución avanza un paso más: digitaliza la presentación inicial de los expedientes, crea el expediente electrónico y establece un canal digital para las notificaciones.

En conjunto, ambas normas delinean un esquema de transformación progresiva del procedimiento registral, aunque su aplicación continúa limitada a los trámites que la IGJ vaya incorporando expresamente mediante los respectivos cronogramas.

Un proceso de modernización gradual

La creación del Sistema de Gestión Documental Electrónica constituye otro avance significativo hacia la digitalización de los procedimientos registrales de la IGJ. Sin embargo, al igual que ocurrió con la implementación de la plancha de inscripción digital, el nuevo régimen no reemplaza de inmediato la totalidad de los trámites presenciales, sino que convivirá con el procedimiento tradicional hasta tanto cada tipo de actuación sea incorporado al cronograma correspondiente.

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